Respetuosos de lo que establece el decreto 51-2022 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Temporal de Desarrollo Integral, en el Ministerio de Desarrollo Social hemos cumplido a cabalidad con lo que dicta dicha ley, tanto en el desarrollo de las obligaciones que nos confiere, como en los plazos establecidos.
Tal y como indica la Ley, el cierre de inscripciones para posibles beneficiarios fue el lunes 10 de abril, día en que se atendimos en todas las sedes de MIDES a nivel nacional, hasta las 12 de la media noche.
Es importante resaltar que como MIDES no podemos inscribir a ninguna persona fuera del plazo que estableció la Ley, solamente el Congreso de la República tiene la facultad de establecer un nuevo plazo de inscripciones, como lo establece la Constitución Política de la República en el artículo 171 literal “a”.
Solamente si el Congreso hace una reforma al Decreto 51-2022, puede haber un nuevo plazo de inscripción.
En cumplimiento de nuestras funciones y las obligaciones que dicha Ley delega y en atención a los beneficiarios que realizaron el debido proceso de inscripción en la fecha establecida y por alguna razón cambiaron el número de teléfono que registraron en la papelería de inscripción o deseen cambiar el lugar para recibir las capacitaciones, se habilitó la dirección de correo electrónico [email protected] para que puedan hacerlo.
A la fecha continuamos atendiendo únicamente a las personas que presentaron su papelería para inscribirse en el plazo establecido por la ley (hasta el 10 de abril) pero que durante el proceso de revisión alguno de los documentos no estaba correcto.
El Decreto 51-2022 indica que el Ministerio de Desarrollo Social es el responsable de recibir los documentos que establece la ley para la inscripción, revisarlos y posteriormente digitalizar los expedientes para elaborar los listados de las personas inscritas que hayan cumplido con los requisitos y luego que los mismos participen activamente en los proyectos, ejecutar los pagos.