Con el objeto de desarrollar y facilitar el apoyo a la población más afectada económicamente por las medidas de emergencia derivadas de la pandemia Covid-19, el Congreso de la República de Guatemala creó el Fondo denominado Bono Familia, para ser ejecutado por el Ministerio de Desarrollo Social -Mides-.
Este programa cuenta con una asignación presupuestaria de 6 mil millones de quetzales, lo que permitirá atender aproximadamente a 2 millones de hogares, brindando aportes de hasta Q.1,000.00 durante tres meses.
Mediante el Acuerdo Gubernativo No. 57-2020 del Mides, basado en el Decreto No. 13-2020 “Ley de Rescate Económico a las Familias por los Efectos Causados por el Covid-19”, se acordó emitir el Reglamento del Fondo denominado Bono Familia para la correcta aplicación del beneficio económico, tanto para aquellas personas o familias que no gozan del servicio de energía eléctrica, como para los hogares cuyo consumo eléctrico correspondiente a la factura del mes de febrero del año 2020 no supere los 200 kWh u otras que determine el Mides. Además se priorizará a los beneficiarios de mayor vulnerabilidad, bajo los siguientes parámetros: personas en pobreza, madres solteras u hogares monoparentales, adultos mayores, personas con discapacidad o enfermedades crónicas y degenerativas, y familias con niños o niñas en estado de desnutrición.
Procedimiento previo a la entrega
Estas personas o familias serán elegidas en virtud del cumplimiento de requisitos y validadas por medio del cruce de información, utilizando las bases de datos disponibles en el Estado. Se utilizarán Fichas de Evaluación de Condiciones Socioeconómicas -FECS- para recabar la información de una persona, familia u hogar.
El Ministerio tiene la facultad de verificar la veracidad de la información confirmada por la persona candidata; en caso que lo declarado no sea veraz, se suspenderá o cancelará su calidad de persona beneficiaria.
Una vez procesa y verificada la información, se procederá a su incorporación en la plataforma tecnológica de beneficiarios del Bono Familia.
Serán excluidas las siguientes personas: servidores públicos o quienes cuenten con contratos administrativos de prestación de servicios vigentes con el sector público; y personas con pensiones o que reciban otros beneficios o aportes de programas destinados a la emergencia Covid-19 o transferencias monetarias que ejecute el Mides.
Por último, será generado un instrumento para que las personas beneficiarias cuenten con algún medio de bancarización que permita la entrega del aporte, el cual deberá cumplir con las medidas de distanciamiento social establecidas para evitar la propagación de la pandemia.