Es un programa social de Transferencias Monetarias Condicionadas -TMC- que entrega una asistencia financiera de forma periódica a las personas titulares de niñas y adolescentes embarazadas o madres, menores de 14 años, víctimas de violencia sexual, cuyos casos hayan sido judicializados; del área urbana y rural, a través de una cuenta bancaria. La transferencia de un mil quinientos quetzales (Q.1,500.00) está sujeta al cumplimiento de corresponsabilidades en Salud, para la madre o su hija/o, según corresponda.
Programa Vida
Objetivo General
Contribuir a través de la entrega de una Transferencia Monetaria Condicionada de forma periódica, a promover el acceso a los servicios de salud de las niñas y adolescentes embarazadas o madres, menores de 14 años, víctimas de violencia sexual; cuyos casos hayan sido judicializados.
Objetivos Específicos
- Incorporar usuarias al Programa a partir de la recepción del expediente que incluya la documentación requerida, en el marco de la Ruta de Abordaje para la Atención Integral de Embarazos en Niñas y Adolescentes Menores de 14 años de edad (los casos judicializados serán derivados por parte de las instituciones establecidas en dicha Ruta o por convenios suscritos en coordinación interinstitucional).
- Promover la asistencia a los servicios de salud de las niñas y adolescentes embarazadas o madres, menores de 14 años usuarias del Programa, mediante el control del embarazo y el chequeo de su hija/o según protocolos del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social -MSPAS-.
Criterios de inclusión
- Niñas y adolescentes embarazadas o madres menores de 14 años, víctimas de violencia sexual, cuyo caso haya sido judicializado.
- Contar con titular asignada por juez competente en su calidad de padre, madre, tutor o responsable de la menor.
- Ser guatemalteca/o (usuaria y titular).
- No haber contraído matrimonio o convivan con pareja (usuaria).
Corresponsabilidades
- Firma de Carta de Aceptación de Ingreso al Programa y conformación de expediente.
- La persona titular es responsable del cumplimiento en la asistencia de la niña o adolescente embarazada a los controles del embarazo, según el protocolo del MSPAS (cuando aplique).
- La persona titular es responsable del cumplimiento de la asistencia de la hija/o de la usuaria, a las citas de chequeo programadas según el protocolo establecido por el MSPAS (cuando aplique).
Lugares de intervención
El Programa tiene presencia en toda la República de Guatemala.
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